Sentencia de pago los complementos de guardias, de jornada de rodaje, y de festivos durante la baja por IT
«Estimando la demanda deducida por UGT a la que se han adherido SI, CGT, CCOO y USO frente a la Corporación RTVE declaramos el derecho de los trabajadores que se encuentren en situación de Incapacidad Transitoria, derivada de las contingencias recogidas en el artículo 73 del II Convenio Colectivo vigente, a incluir, junto a los ya reconocidos, los complementos de guardias, de jornada de rodaje, y de festivos, en su caso, percibidos durante el mes anterior al hecho causante, así como la parte proporcional de las pagas extraordinarias que pudieran corresponderles, en el caso de la maternidad, a los efectos del cálculo de complementos variables, la fórmula se aplicará sobre lo percibido en el año anterior al hecho causante, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por esta resoluc