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PACTOS BENIDORM FEST Y ELECCIONES ARAGÓN 2026

29/01/2026
CGT RTVE hoja informativa

CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO

Sección sindical de CGT-RTVE, local sindical de Prado del Rey, telf:91 581 75 78

29 de enero de 2026. Nº 636

PACTOS BENIDORM FEST Y ELECCIONES ARAGÓN 2026

PACTO DE TRABAJO  BENIDORM FEST 2026. En este enlace.

PACTO DE TRABAJO PARA LAS ELECCIONES AUTONÓMICAS ARAGÓN 2026. En este enlace.

 

Los sindicatos mayoritarios UGT, SI y CCOO han avalado estos pactos con su firma, como suele ser costumbre. CGT no lo refrendamos principalmente por los incumplimientos en los descansos de obligado cumplimiento recogidos en el Convenio Colectivo y el Estatuto de las Personas Trabajadoras. Pretenden justificar la legalidad de la falta de descansos basándose en el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo. Pero este Real Decreto está orientado a profesiones ligadas al transporte, minería y agricultura, con condiciones muy específicas. Aceptando esta peligrosa comparativa, los sindicatos firmantes nos limitan la posibilidad de emprender acciones legales en contra de este recorte en derechos. Entendemos que haya personas que opten por trabajar "a destajo" en estos eventos, pero los sindicatos debemos velar por los derechos laborales, no pisotearlos. En todo caso,  la asignación a los pactos no debería ser de obligado cumplimiento.

El pacto del Benidorm Fest incluye en la condición séptima que las personas trabajadoras afectadas puedan participar de forma continuada en la cobertura de otro operativo. Después de haber finalizado un proceso de oposiciones y con casi 7000 personas en plantilla, es llamativo que se normalice encadenar retransmisiones de larga duración, habiendo quienes no se les da ninguna alternativa para salir de sus tareas habituales.
 
Avalar estos pactos es aprobar un modelo de falta de igualdad de oportunidades con el que no estamos de acuerdo. CGT siempre defenderemos el reparto de la carga de trabajo y la regularización de la carrera profesional.

 

OPACIDAD POR SISTEMA.

Esta es la condición decimotercera de los pactos:

Finalizada la aplicación del pacto de trabajo, la Dirección de Recursos Humanos y Relaciones Laborales remitirá a los sindicatos firmantes la relación de las jornadas y horarios realizados, con el fin de analizar si se han producido modificaciones sustanciales respecto a lo previsto y, en su caso, proceder a la adopción de las medidas que se consideren convenientes.

En resumen, la capacidad de supervisión de las condiciones laborales se limita a los sindicatos que firman los pactos. Los mismos que han avalado la falta de descanso. ¿Qué medidas van a adoptar?. 

¿Cuándo se van a ocupar de defender derechos y no privilegios?.

NO NOS VENDEMOS. NO TE VENDEMOS.

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